Todos los requisitos para acceder a la condonación de impuestos de la CDMX hoy.
El Gobierno de la Ciudad de México publicó en su Gaceta Oficial el pasado 15 de abril una resolución con la que se conferirá una condonación de impuestos de la CDMX. Esta resolución tiene por objeto la condonación del 100% del pago de multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios de aquellos adeudos exigibles a la fecha de su aplicación.
Los contribuyentes que liquiden su adeudo, también recibirán condonaciones por los adeudos anteriores a 2014. Se podrán condonar además las actualizaciones, multas, recargos y gastos de ejecución. No será necesario realizar trámite o gestión adicional.
Los contribuyentes que hayan controvertido por medio de algún recurso administrativo o ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México o ante el Poder Judicial de la Federación, la procedencia del cobro de los créditos correspondientes, para obtener los beneficios de condonación de impuestos de la CDMX, deberán desistirse de dichos medios de defensa y presentar ante la autoridad fiscal el original o copia certificada y copia simple del acuerdo que haya recaído al escrito de desistimiento.
Las garantías otorgadas relacionadas con los créditos fiscales a los que se les aplique condonación, quedarán liberadas dentro de los treinta días naturales siguientes a la realización del pago.
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¿A qué impuestos aplica la condonación de impuestos de la CDMX?
El contribuyente tendrá que pagar únicamente el crédito principal más la actualización de las siguientes contribuciones:
- Impuesto sobre adquisición de inmuebles;
- Predial;
- Impuesto sobre espectáculos públicos;
- Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos;
- Gravamen sobre las nóminas;
- Tenencia
- Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje;
- Derechos por el Suministro de Agua, acceso a la red de drenaje y refrendo
- Multas por Infracciones a las Disposiciones Fiscales distintas a las obligaciones de pago.
¿Cómo puedo acceder a las condonaciones?
El pago de los adeudos se podrá realizar con tarjeta de crédito, con la opción de pago a meses con un cargo adicional del 8% sobre de la contribución actualizada.
- Tratándose del impuesto sobre adquisición de bienes, a través del sistema cerrado de notarios o las oficinas de Administración Tributaria.
- Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos a través de las oficinas de Administración Tributaria.
- Para el impuesto predial, el impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos, mediante línea de captura en www.finanzas.cdmx.gob.mx.
- La tenencia, el impuesto por prestación de servicios de hospedaje y el refrendo; mediante línea de captura en www.finanzas.cdmx.gob.mx.
- Impuesto sobre espectáculos públicos y e impuesto sobre nóminas, mediante el formato de la dirección electrónica https://innovacion.finanzas.cdmx.gob.mx/siscon/.
- Si tienes adeudo de tenencia, podrán aplicar la condonación a todos los adeudos de 2014 y posteriores.
Aplican las siguientes excepciones
- Tratándose de derechos de suministro de agua y acceso al drenaje, puedes acuidir a las oficinas del Sistema de Aguas de la CDMX. También puedes obtener la línea de captura en el portal www.sacmex.cdmx.gob.mx
- Si se trata de adeudos por derechos de acceso al suministro de agua o a la red de drenaje, tendrás que acudir a las oficinas del sistema de aguas. Deberás presentar las boletas correspondientes.
- Si es un adeudo derivado de una auditoría o demás facultades de comprobación, acude a las oficinas en Dinamarca 84 Planta Baja, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, C. P. 06600. Lo mismo aplica si el adeudo se deriva del control de obligaciones o cobro coactivo.
- No procederá la condonación cuando el contribuyente se encuentre vinculado a un procedimiento penal por la probable comisión de un delito de carácter fiscal de los que prevé el Código Fiscal de la Ciudad de México.
- No procederá la condonación objeto de esta Resolución, tratándose de multas administrativas no fiscales.
En ningún caso la autoridad fiscal solicitará requisitos adicionales.
¿Cuál es el plazo para acogerse a la condonación de impuestos locales?
El plazo para regularizar los adeudos fiscales y obtener los beneficios previstos, vence el 31 de julio de 2019.
El Contribuyente es un medio plural que admite puntos de vista diversos. En tal sentido, la opinión expresada en esta columna es responsabilidad sólo del autor.
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