Aquí te decimos cuáles son las fechas límite para que las empresas cumplan con esta obligación, dependiendo si son personas físicas o morales.
Las empresas, personas físicas y morales, tienen distintas fechas para cumplir con la obligación del reparto de utilidades o participación de los trabajadores en las utilidades (PTU), por eso te hacemos este recordatorio.
De acuerdo con el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo, el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, que para las personas morales es el 31 de marzo y para las personas físicas es el 30 de abril.
Las fechas límite para la PTU son 30 de mayo y 29 de junio.
Eso significa que las personas morales del régimen general tienen del 1 de abril al 30 de mayo para cumplir con la obligación del reparto de utilidades, y las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, y las del régimen de incorporación fiscal (RIF), tienen del 1 de mayo al 29 de junio.
En su sitio web, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) indica que para el cobro de utilidades se tiene el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación de repartir las utilidades.
Además, la autoridad fiscal dice que es importante recordar que las utilidades del ejercicio anterior no reclamadas, en el año en que sean exigibles, se agregarán a la utilidad repartible del año siguiente.
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