El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece los días de descanso obligatorios, entre los que no están contemplados ni el Jueves ni el Viernes Santo.
La mayoría de las escuelas dan a sus estudiantes toda la Semana Santa como periodo vacacional. Algunos negocios, aunque menos, también lo hacen.
Otras empresas acostumbran dar a sus empleados únicamente el Jueves y Viernes Santo, que en este año corresponden a los días 18 y 19 de abril.
¿Jueves y viernes Santo son días de descanso obligatorio?
Según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días de descanso obligatorio son los siguientes:
- El 1 de enero
- El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero
- El tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo
- El 1 de mayo
- El 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre
- El 1 de diciembre de cada seis años, cuando el presidente electo tome el poder del ejecutivo
- El 25 de diciembre
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias
Como puede verse, ni Viernes ni Jueves Santo están entre los días de descanso obligatorio, por lo que quedará a la discreción de tu patrón decidir si darlos o no.
De acuerdo a la ley, estos días son ocasiones de carácter patriótico, cívico, político o religioso durante los cuales los trabajadores no están obligados a laborar. Sin embargo, se les deberá pagar su salario íntegro.
Cuando el patrón requiera que alguno de sus trabajadores labore un día feriado, deberá pagarle al menos tres veces su salario diario ordinario. Sin embargo, no te emociones. Si te hacen trabajar el 18 y/o el 19 de abril, tu patrón no estará obligado a pagarte extra, pues, como se dijo, no se trata de días feriados.
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