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? Si presentas tu declaración anual, aunque no estés obligado, podrías obtener una devolución de impuestos

No todas las personas físicas están obligadas a presentar su declaración anual. Sin embargo, podrías recibir una devolución si registras tus deducciones.



Foto: Shutterstock
9 abril, 2019

Desde el 29 de marzo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición de los contribuyentes, a través de su portal de internet, la aplicación para que las personas físicas presenten su declaración anual del ejercicio fiscal 2018 (DeclaraSAT).

Los contribuyentes que deben cumplir con esta obligación son quienes obtienen ingresos por servicios profesionales, actividades empresariales, por arrendamiento, dividendos, enajenación o adquisición de bienes.

¿Cómo pueden obtener saldo a favor los asalariados?

El SAT informó que los asalariados no están obligados a presentar la declaración anual si perciben el salario de un solo patrón y tienen ingresos por intereses hasta por 20 mil pesos.

Sin embargo, la autoridad fiscal señaló que si los asalariados tienen deducciones personales pueden realizar la declaración para obtener un saldo a favor.

Para que tengas una idea de las devoluciones que se están realizando, Margarita Ríos-Farjat, jefa del SAT, afirmó que hasta el 3 de abril las autoridades fiscales habían recibido más de 1 millón de declaraciones, de las cuales 92% tuvieron saldo a favor.

¿Qué son las deducciones personales?

Las deducciones personales son los gastos que las personas físicas tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables para disminuir el pago del impuesto sobre la renta (ISR) que tienen que realizar como parte de su declaración anual, o para generar un saldo a favor.

Para efectos de la deducibilidad, se toman en cuenta los gastos referentes a créditos hipotecarios, colegiaturas, transporte escolar, honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, entre otros, siempre y cuando se hayan realizado con tarjeta de crédito, débito, cheque o transferencia electrónica. Aquí puedes ver las deducciones personales que puedes aplicar en tu declaración.

Las personas físicas obligadas tienen hasta el 30 de abril para presentar la declaración anual, aunque todos los contribuyentes pueden revisar la declaración prellenada que les presenta el SAT.

Si llegas a tener un saldo a favor de hasta 10 mil pesos en tu declaración anual podrás enviarla a través de la aplicación del SAT usando tu contraseña, pero si la cantidad es mayor o capturas una nueva cuenta clabe para que te depositen el recurso, tendrás que enviar la declaración utilizando tu e.firma.


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