? La exención de ISR por ingresos de cajas de ahorro también es un derecho para los jubilados
El texto de la ley no establece ninguna condición respecto a los contribuyentes susceptibles de acceder a este beneficio fiscal.
Las cajas de ahorro no contemplan a la jubilación de los trabajadores como medio de separación de las asociaciones civiles. Sus miembros, afiliados o asociados, pueden ser trabajadores en activo o jubilados, quienes adquieren el derecho de obtener todos los beneficios extralegales para que gocen de los rendimientos obtenidos por sus aportaciones.
Un beneficio fiscal que tienen los miembros de ese tipo de asociaciones civiles es que no tienen que pagar el impuesto sobre la renta (ISR) por la obtención de los ingresos provenientes de cajas de ahorro de trabajadores (Ley del Impuesto Sobre la Renta 109, fr. VIII, vigente hasta el 31 de diciembre de 2013).
En ese sentido, si quien redactó dicha ley no estableció ninguna condición respecto de los contribuyentes susceptibles de acceder al beneficio fiscal, únicamente debe atenderse a su texto, así como al contexto normativo laboral y de seguridad social de las cajas de ahorro de los trabajadores, cuyo fin primordial es fomentar el ahorro de los recursos de sus miembros, administrarlos lícitamente y distribuir sus rendimientos entre sus asociados. Por eso, los trabajadores pueden acceder a esa exención del pago de ISR aun cuando sean jubilados.
Puedes revisar la tesis aquí. O en el Semanario Judicial de la Federación con este criterio de búsqueda: Cajas de ahorro; catálogo: PC.I.A. J/139 A (10a.); publicada el 8 de febrero de 2019.
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