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? Hacienda y el SAT asfixian al cine mexicano

En opinión de nuestro columnista, Manuel Baltazar Mancilla, la Ley de Ingresos de la Federación de 2019 hace menos eficaz el estímulo fiscal que apoya el cine mexicano.



Foto: Shutterstock
20 febrero, 2019

El 28 de diciembre del año pasado, se publicó en el Diario Oficial la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), que a partir de 2019 limita de manera considerable el estímulo cinematográfico.

El cine mexicano ha sido regularmente un cine de bajo presupuesto, lo que le dificulta competir en el gran mercado de películas internacionales, donde se invierten cantidades ingentes en publicidad.

Por otro lado, los costos de producción también son importantes, situación que igualmente pone en estado de indefensión el impacto de las producciones nacionales.

En la época de oro del cine mexicano, donde nuestro país se dio a conocer por sus historias de charros y pistolas, de campesinos, por sus historias populares, o bien por las situaciones cotidianas de una ciudad en ciernes, como lo era nuestra hermosa Ciudad de México, no se necesitaba de grandes sumas de dinero para una producción. Esto fue el caso en las películas protagonizadas, por ejemplo, por Pedro Infante, Jorge Negrete, Dolores del Río, Sara Montiel, Mario Moreno, Joaquín Pardavé, o los hermanos Soler.

En México se cuentan grandes historias, como lo hace la multigalardonada Roma, de Alfonso Cuarón, que versa sobre una familia acomodada en la colonia Roma de la Ciudad de México.

Sin embargo, actualmente competimos con producciones en extremo visuales y de muchos efectos especiales, por lo que las buenas historias van quedando de lado.

¿Qué pasó con los estímulos fiscales al cine en la Ley de Ingresos de la federación para 2019?

Existe un estímulo fiscal para que los particulares que inviertan en cine mexicano puedan restar lo invertido del impuesto sobre la renta (ISR) del ejercicio. Hasta 2018 era factible utilizar de manera simultánea cualesquiera otros de los permitidos en las leyes tributarias.

A partir de 2019, quien decida apostar sus canicas al cine mexicano, perderá todo derecho de utilizar cualquier otro estímulo fiscal.

Quizás la pregunta que en consecuencia nace es… ¿Hay muchos otros estímulos? La respuesta es desafortunada, ya que en la ley del ISR solamente existen los siguientes:

  • Depósitos a las cuentas especiales de ahorro (ART-185 LISR).
  • Contratación de trabajadores con discapacidad (ART-186 LISR).
  • Fomento a la inversión inmobiliaria (ART-187 LISR).
  • Producción teatral, danza, artes visuales y música (ART-190 LISR).
  • Sector de la construcción (ART-191 LISR).
  • Inversión en capital de riesgo (ART-192 LISR).
  • Estímulo fiscal a personas físicas por dividendos o utilidades (ART-3° disposiciones de vigencia temporal de la LISR publicadas el 18/11/2015).

También tenemos estímulos fiscales en la propia Ley de Ingresos de la Federación 2019, por citar los del artículo 16 de dicho ordenamiento:

  • Estímulo fiscal a las personas que realicen actividades empresariales, y que para determinar su utilidad puedan acreditar el IEPS por la compra de diésel o biodiésel y sus mezclas que importen o adquieran para su consumo final.
  • Estímulo fiscal por la adquisición del diésel o biodiésel y sus mezclas para consumo final para uso automotriz en transporte público y privado de personas o de carga y turístico.
  • Estímulo fiscal a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre público y privado, de carga o pasaje, y turístico, que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota.
  • Estímulo Fiscal a los adquirentes de combustibles fósiles en los procesos productivos y que no se destinen a la combustión.
  • Estímulo fiscal a los contribuyentes titulares de concesiones y asignaciones mineras.
  • Estímulo fiscal a las personas morales, relativo a la disminución de la participación a los trabajadores en las utilidades.
  • Estímulo fiscal a los contribuyentes que entregan en donación bienes básicos para la subsistencia humana.
  • Estímulo fiscal a contribuyentes que empleen a personas con discapacidad motriz e invidentes

Finalmente, en la frontera norte hay un nuevo estímulo para reducir el ISR en una tercera parte y aplicar tasa de IVA del 8%, lo que nos hace presumir que nadie en el norte del país invertirá en el cine mexicano.

Sería importante e interesante invitar a nuestro congreso a realizar un análisis del impacto que causa el estímulo cinematográfico a fin de reconsiderar las limitaciones impuestas. Esperemos que pronto se permitan ocupar los estímulos en forma conjunta, situación que mejorará la cultura del país.

Hasta nuestra próxima columna.


El Contribuyente es un medio plural que admite puntos de vista diversos. En tal sentido, la opinión expresada en esta columna es responsabilidad sólo del autor.

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