Es culpa del banco y no del usuario si hay un retiro superior al límite permitido
El límite permitido es el equivalente en moneda nacional a 1,500 UDIS diarias.
No es aceptable que una institución financiera atribuya a un usuario la disposición de dinero en efectivo por montos que excedan los límites permitidos diariamente. Eso se debe a que se estarían contrariando las disposiciones legales y administrativas aplicables, las cuales deben ser observadas por las instituciones crediticias. Estas disposiciones fueron emitidas por el Banco de México, como institución que regula los servicios financieros (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 28).
Tratándose de cajeros automáticos, el monto acumulado diario de las operaciones monetarias que representen un cargo a la cuenta del cliente, no podrá exceder del equivalente en moneda nacional a las operaciones monetarias de mediana cuantía, que son hasta el equivalente en moneda nacional a 1,500 UDIS diarias (Disposiciones de Carácter General aplicables a las Instituciones de Crédito315).
El Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito determinó que si en la cuenta del usuario hay un retiro superior al límite en un mismo día, ese hecho es suficiente para considerar que se trata de una irregularidad en el sistema electrónico del banco, que no puede atribuirse al usuario y debe desvirtuarse por la institución de crédito.
Puedes revisar la tesis aquí. O en el Semanario Judicial de la Federación con este criterio de búsqueda: Retiro superior al límite; catálogo: I.12o.C.112 C (10a.); publicada el 18 de enero de 2019.
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