Walmart interpuso un amparo, pero la SCJN determinó que pagar IVA por la comida de animales sí es constitucional.
Walmart intentó ampararse en contra del artículo 2-A de la Ley del IVA (LIVA), que establece que no se cobrará la tasa del 16% de IVA por los alimentos, con excepción de algunos alimentos considerados de lujo o inesenciales, como caviar, alimentos preparados o comida para mascotas.
En 2014, Walmart de México promovió un amparo contra el IVA sobre el alimento para mascotas. Norma Piña, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), propuso conceder el amparo, argumentando que era inequitativo que no se cobrara IVA por la venta de alimento para animales de mayor tamaño, como caballos y demás ganado, pero sí por el de mascotas.
Sin embargo, la SCJN falló en contra; los ministros señalaron que es falso que el alimento de otras especies animales, aparte de las que usualmente suelen ser mascotas, gocen de una tasa del 0% de IVA.
Lo anterior se constata al leer el artículo 2-A de la LIVA, que literalmente dice que se aplicará la tasa del 0% a los alimentos, con excepción de aquellos “procesados para perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar” y los alimentos preparados. Es decir, en ningún lugar se menciona que el alimento para animales de mayor tamaño esté exento.
El ministro de la SCJN, Alfredo Gutiérrez Mena, al interpretar el artículo señala que la intención de la ley fue conceder el beneficio de la tasa cero a los alimentos destinados al consumo humano, “sin que en momento alguno la alimentación animal haya sido materia del referido trato preferencial”.
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