¿Perdiste tu trabajo? Es importante que sepas que, por lo menos, tienes derecho a un finiquito.
En aspectos laborales es importante conocer el término “finiquito”, ya sea para exigirlo o para diferenciarlo de otros términos que vienen al término de una relación laboral.
El finiquito es una remuneración económica que el patrón debe dar a un trabajador al terminarse el vínculo laboral. En especial si, según los supuestos de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el fin de la relación laboral fue responsabilidad del trabajador (como haber mentido sobre sus calificaciones profesionales o llegar borracho a trabajar).
Lo que el trabajador percibe en el caso del finiquito son las cantidades que por ley debe cumplir la empresa, como los quince días de aguinaldo, los 6 días de vacaciones, la prima vacacional y los salarios pendientes a cubrir. Todas estas cantidades se deben respetar porque corresponden a las prestaciones contractuales que dicta la LFT.
Junto a este pago, el trabajador debe recibir un documento conocido como carta finiquito, éste deberá incluir el desglose de los conceptos que se están pagando.
¿En qué casos corresponde finiquito?
No debe confundirse con la liquidación, pues si bien ésta comparte algunos conceptos con el finiquito, el trabajador con derecho a liquidación recibirá una indemnización adicional por quedarse sin trabajo sin que esto haya sido su responsabilidad.
El artículo 47 de la LFT contiene una lista de motivos por los cuales se puede dar por terminada la relación laboral sin responsabilidad para el patrón. Estos motivos son tales como actos de violencia cometidos por el trabajador en contra del patrón, el equipo de la empresa u otros trabajadores de la misma, o faltar más de 3 veces en un lapso de 30 días sin aviso ni justificación, entre otras.
El patrón deberá dar aviso por escrito al trabajador, mencionando los comportamientos que dieron pie a la terminación de la relación laboral, así como la fecha en que se cometieron. Otra opción es entregar el aviso a la Junta de Conciliación y Arbitraje. De no hacer el aviso, se considera que no es justificada la separación y se anula el despido.
¿Cómo se calcula el finiquito?
Los datos con los que se debe contar son la fecha de ingreso, fecha de baja, salario mensual y el salario diario integrado.
Pongamos un ejemplo en pasos para poder calcularlo:
- Paso 1.- Salario adeudado. Para el ejemplo, supongamos que el trabajador recibe una remuneración de $200 diarios. Si el despido se realiza a media quincena, el patrón deberá pagar semana laborada, o $1,400.
- Paso 2.- Aguinaldo. Consideremos 15 días de aguinaldo y 182 días trabajados. Los 15 días de aguinaldo se dividirán entre 365 (días del año); lo que da como resultado: 0.04109 (cantidad conocida como factor por día trabajado). Esta cantidad se multiplicará por 182 (días trabajados); es así como se obtiene 7.47. Por último esta cantidad se multiplica por 200 (salario diario) y da como total: $1,494
- Paso 3.- Vacaciones. Se tiene el salario diario $200, 6 días de vacaciones y 182 días trabajados. Se divide 6 (días de vacaciones) entre 365, lo que da la cantidad de 0.0164. Esto se multiplica por 182 y se obtiene 2.98; este resultado, finalmente, se multiplica por 200, lo que da como total: 596
- Paso 4.- Prima vacacional. Se multiplica los $596 (del paso anterior) por 25% y se obtiene 149, que corresponde a la prima vacacional.
- Paso 5.- Se hace una suma de los factores anteriores: $1,400 más $1,494, más $596, más $149; lo que da como total: $3,639.
No te hagas pelotas, te compartimos nuestra calculadora de finiquitos para que hagas el cálculo sin complicaciones.
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