Estas son las excepciones al uso del complemento de recepción de pagos
El complemento de recepción de pagos es una de las adiciones a la factura 3.3 que más complicaciones han causado a los contribuyentes.
El complemento de recepción de pagos, que entró en vigor de forma definitiva el 1 de septiembre de 2018, es una de las adiciones a la factura 3.3 que más trabajo ha costado a los contribuyentes. Éste debe usarse cuando la compra que ampara el CFDI no se realizó en un solo pago, sino en parcialidades, pero te alegrará saber que hay dos excepciones al uso del comprobante de recepción de pagos.
Sin embargo, el 17 de septiembre el SAT publicó la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus Anexos, en la que se reglamentan dos excepciones al uso del complemento de recepción de pagos, a pesar de que el pago se haya hecho en parcialidades.
La primera excepción está contemplada en la regla 2.7.1.44, recientemente agregada. Según esta regla, el emisor del CFDI podrá usar “Pago en una sola exhibición” siempre que se cumnplan tres condiciones:
- Que se haya acordado con el cliente o se estime que se terminará de pagar la compra a más tardar el 17 del siguiente mes.
- Que se inscriba en el CFDI “PUE” como método de pago y la forma en que el mismo será realizado.
- Que el pago se haya completado a más tardar en la fecha establecida en el punto 1.
La segunda de las excepciones al uso del complemento de recepción de pagos está en la el párrafo adicionado a la regla 2.7.1.24. En él se lee que no se tendrá que usar en los CFDI expedidos al público en general; es decir, los emitidos a aquellos clientes que no solicitaron su factura.
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