Eso de prestar un servicio o vender productos y no dar factura por ello a tus clientes para “ahorrarte impuestos” es una mala idea.
No expedir un CFDI al realizar una venta cuando el cliente lo solicitó, o hacerlo sin cumplir con los requisitos fiscales establecidos por la autoridad te puede hacer acreedor a una sanción.
Como puede observarse por un comunicado publicado recientemente por el SAT, un establecimiento de taxis en el aeropuerto de Durango descubrió a la mala las consecuencias de negarse a expedir facturas, pues el SAT los clausuró por ese motivo. Pero las sanciones no acaban ahí…
¿Sabes qué más te podría pasar si no expides factura?
La multa a la que puedes ser acreedor oscila entre los 15 mil 280 pesos y los 87 mil 350. En caso de reincidir, el SAT podría clausurar tu negocio por entre tres y quince días.
Si eres un contribuyente que tributa en el régimen de incorporación fiscal (RIF), la multa será menor, de mil 300 a 1 mil 650 pesos, aunque la autoridad también podrá clausurar tu negocio por un periodo de entre tres y quince días.
Si tu empresa es una donataria autorizada, la multa podrá oscilar entre 13 mil 280 pesos y 75 mil 890 pesos. De reincidir, la autoridad podrá revocarte el permiso de recibir donativos deducibles.
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