Con la interpretación anterior era posible deducir los intereses de más de un crédito hipotecario.
Uno de los errores más comunes al llevar la contabilidad, es que los contribuyentes con frecuencia no saben a qué deducciones tienen derecho, por lo que las pueden dejar pasar. Si pediste un préstamo para comprar una casa, ten en mente que sí son deducibles los intereses de un crédito hipotecario.
Es posible deducir los intereses de un crédito hipotecario (en términos reales); esto es posible siempre y cuando el monto total de los créditos no exceda de 750,000 unidades de inversión. Así lo indica el artículo 151 apartado IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Con lo anterior, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicó una jurisprudencia en la que se niega la posibilidad de deducir el ISR en créditos hipotecarios de más de una casa.
Una interpretación mencionaba la posibilidad de deducir los créditos hipotecarios de más de una casa, pues en el apartado IV del artículo 151 de la Ley del ISR no especifica la cantidad de viviendas en las que se puede aplicar la deducción en los intereses reales de créditos hipotecarios.
Respetando las cláusulas, como que deben ser contratados las instituciones integrantes del sistema financiero y que el monto de créditos otorgados por el inmueble no pueden exceder 750,000 unidades inversión; se tuvo pensado que podían deducirse los créditos hipotecarios de más de una vivienda.
Pero la posibilidad de hacerlo se negó, pues la opción que otorga el artículo 151, en el apartado IV (del impuesto sobre la renta), se interpreta como “un beneficio a personas que perciban bajos ingresos”.
La posibilidad de adquirir más de una casa significa, para los agentes financieros, que tiene ingresos altos y por eso el beneficio se le es ajeno.
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