Si estás en desacuerdo, un juicio contencioso administrativo puede ayudarte a impugnar las listas negras que publica la autoridad fiscal.
Ya todos lo han dicho. Contadores, empresarios, la Suprema Corte de Justicia; las listas de operaciones inexistentes del SAT (conocidas como listas negras) sí afectan negativamente a los contribuyentes, aunque no las hayan hecho. Pueden dañar su imagen con clientes nuevos y actuales, lo que podría terminar costándoles relaciones comerciales y, por ende, lastimar su negocio. Ya sabemos que puedes ampararte contra ellas, pero ahora también puedes usar otra estrategia.
Un antídoto contra las listas negras
El artículo 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa establece que el juicio contencioso administrativo federal sólo puede proceder contra una resolución definitiva. Este juicio también se conoce como de nulidad y procede contra las resoluciones administrativas definitivas que establece la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como contra los actos administrativos, decretos y acuerdos generales. Se usa para impugnar actos de la autoridad administrativa que dañaron al contribuyente.
Las resoluciones definitivas son las que ponen fin a una instancia o procedimiento o cuando se trata de la manifestación de la voluntad de una autoridad.
El hecho de que se publiquen listas con los datos de los contribuyentes (como las listas de operaciones inexistentes que publica el Servicio de Administración Tributaria en el Diario Oficial) son resoluciones definitivas donde se manifiesta la voluntad de la autoridad.
La nueva opción
Al afirmar que estas listas son una resolución definitiva, se abre la puerta a que sean impugnadas mediante el juicio de nulidad. Por lo menos, eso es lo que dice la nueva jurisprudencia del Pleno en materia administrativa del Primer Circuito.
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