Hay diferentes sanciones como multas, auditorías, recargos y hasta cárcel. Cuidado.
Probablemente todos hemos llegado alguna vez al punto de querer mandar al demonio, las facturas, las deducciones, las retenciones,los pagos y todo lo que tenga que ver con el SAT. Quizá incluso en un momento de furia incluso decidiste simplemente dejar de pagar impuestos. Pero, ¿sabes qué sucederá si lo haces? Aquí te damos las respuestas.
Recargos
Este escenario es para los que nada más son olvidadizos. Simplemente se te pasó el tiempo para pagar, pero tenías toda la intención. Los recargos se calculan a razón de 1.47 por ciento de los impuestos que debes por cada mes que te atrases. Pero, cuidado, las consecuencias por no pagar se hacen cada vez más densas hasta que terminas asqueado y sin ganas de jugar.
Antes de que las cosas den este giro, el SAT te enviará exhortos; es decir, cartas y documentos en los que te recordará que no has pagado tus impuestos. Esta es la antesala de las cosas más pesadas.
Multas
Cuando llega el exhorto, llegan las multas. Estas varían de acuerdo al impuesto que no se haya pagado; así que no existe una multa universal por no pagar impuestos. Además, muchas acciones pueden generar multas; cosas como no presentar las declaraciones cuando el SAT te lo pide; no hacer caso de los exhortos o pagar fuera de los plazos señalados.
Ahora, si no pagaste porque te gastaste todo el dinero, es natural pensar que no tengas para pagar las multas, pero eso no es problema del SAT, iluso.
Embargos
Los embargos precautorios son una medida cautelar de las autoridades fiscales y significa que si sigues de necio o de pobre y no pagas tus multas, pueden asegurar tus bienes hasta que pagues. Pueden asegurar casi todas las cosas que tengas a tu nombre: bienes inmuebles, créditos, bienes muebles, dinero, metales, obras de arte, etc.
Obviamente, si sigues jugando a esto alguien va a preguntar: “¿Qué pasa si no pagas cuando te hacen el embargo?”. Se llama remate y embargo y significa que el SAT vende todas las cosas que tenía aseguradas.
Auditorías
Son la facultad de revisión de las autoridades fiscales, donde revisan tu contabilidad. Hay dos tipos de auditorías; en el primero, es una visita domiciliaria de un trabajador del SAT. Tiene que pasar por todos tus papeles de contabilidad, tus estados de cuenta, declaraciones, etc. para determinar que todo esté en orden. Algo así como una colonoscopía.
En el segundo tipo, están las auditorías de gabinete, donde debes llevar todos los comprobantes de una acción específica a las oficinas del SAT para que los revise.
Cárcel
La más importante. En realidad, lo que te puede mandar a la cárcel son los delitos fiscales, que están bien tipificados y explicados. Estos incluyen más que simplemente no pagar impuestos, para eso sirven todas las medidas anteriores. Aquí entran cosas como la evasión y la elusión fiscal. Si te cachan haciendo algo así, todas las pruebas que encuentre el SAT pueden ser usadas en el juicio.
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