Puede hacerse a través del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa es el que se encarga de solucionar las controversias que se den entre la Administración Pública Federal y los contribuyentes. La idea es que si tú como particular crees que una resolución administrativa que se tomó en tu contra es ilegal por cualquier razón, llevas tu caso al TFJA y ya ellos se encargarán de solucionar el problema.
Este tipo de casos en el que se busca impugnar una resolución administrativa se llaman juicios contencioso-administrativos. Entonces, digamos que el SAT emite una resolución que tú consideras ilegal, ya sea porque no sigue los procedimientos necesarios o porque no tiene justificación o la excusa que tú quieras, lo importante es que al final eso te cuesta dinero. Tú vas al TFJA y de tu lado ya todo está hecho, pero, ¿qué sigue?
Según el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 50, 51 y 52 de la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo, el TFJA tiene plena autonomía para dictar sus fallos. Además de esto, como dirigen las controversias entre la administración pública y los contribuyentes, pueden dictar fallos sobre ellas.
Pero esto todavía no te ayuda en nada; el SAT sigue teniendo tu dinero. Bueno, ahí es donde entra una nueva tesis aislada del Primer Tribunal Colegiado en materia administrativa del Cuarto Circuito. Según esta tesis, el TFJA también tiene la obligación de condenar a la autoridad fiscal demandada en juicio contencioso administrativo para que pague la restitución de un derecho violado del contribuyente, así como la cantidad solicitada por él.
Es decir, si el Tribunal dicta sentencia a tu favor, puede condenar a la autoridad fiscal, en este caso el SAT, para que pague la cantidad que demandes. Así que sí puedes utilizar esta figura legal para demandar que el SAT te pague lo que crees que te cobraron injustamente.
Suscríbete a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes), El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y nuestro canal de YouTube.