Para que no te quedes con la “cara de what”, te decimos las reglas del juego.
La deducibilidad de combustibles es confusa por una buena razón: hay varias excepciones que pueden dejar con la “cara de what” a los contribuyentes, sin saber al final si siempre sí o siempre no pueden deducir lo que gastaron. En general, para poder deducir tus gastos en gasolina necesitas:
- Haber hecho el pago mediante cheque nominativo, transferencia de fondos, tarjeta de crédito, débito o de servicios.
- Contar con el CFDI que ampare la compra y que éste cumpla con los requisitos fiscales.
- El gasto debe ser estrictamente indispensable para el desarrollo de tu actividad económica; si llenaste el tanque para irte de viaje a Acapulco, no vale.
- Llevar en la contabilidad un control de cuánta gasolina se ha usado en tus vehículos
Estas son las reglas generales. Sin embargo, aplican las siguientes excepciones:
- Los contribuyentes inscritos en el régimen de incorporación fiscal (RIF), podrán deducir gasolina pagada en efectivo hasta por 2,000 pesos.
- Si el contribuyente vive en una zona rural catalogada por el SAT como sin acceso a servicios financieros, el contribuyente podrá deducir gasolina que haya comprado en efectivo. Si no vive en una de estas zonas, pero la adquirió en una de ellas, aplica lo mismo.
- Los contribuyentes que se dediquen al sector primario (ganadería, agricultura, silvicultura y pesca) podrán deducir hasta el 15 por ciento de lo que hayan adquirido, siempre que cumplan con sus obligaciones fiscales y el monto no exceda los 2,000 pesos.
- Los contribuyentes de los sectores de autotransporte tienen el mismo beneficio que los del sector primario.
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