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¿Cuál es la diferencia entre la elusión y la evasión fiscal?

En el cuento del gato y el ratón que es la fiscalización, se escuchan mucho estos términos.




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Foto: Shutterstock
21 febrero, 2018

A nadie le gusta pagar impuestos. Tan es así que hay quienes llegan a los extremos de diseñar complejos sistemas que involucran prestanombres, empresas fantasma y triangulaciones de capital por varios países con tal de no darle al fisco su rebanada del pastel. En el contexto de estas historias del gato y el ratón, frecuentemente se oye hablar de los conceptos de elusión y evasión fiscal. ¿Qué significan exactamente estos dos términos?

Ambos refieren a estrategias que buscan disminuir la cantidad de impuestos que se han de pagar, la diferencia radica en que la evasión fiscal consiste en una violación patente de la ley tributaria vigente, mientras que la elusión es más bien una interpretación que podríamos llamar “liberal” de la misma.

Un ejemplo de evasión fiscal es la compra de facturas que amparen operaciones que nunca se realizaron en primer lugar. Estos contribuyentes podrían, por ejemplo, comprar facturas que amparen la compra de insumos para su empresa, aunque en realidad no se haya realizado esta transacción, más que en papel. Posteriormente, esta empresa podrá deducir este gasto para reducir el pago de ISR.

Por otro lado, ejemplos de elusión fiscal se encuentran, por ejemplo, en los malos manejos de los servicios de outsourcing o contratación de personal por tercerización. Si bien estas empresas se mueven todo el tiempo dentro del margen de la legalidad, llegan a aprovecharse de los huecos existentes en la legislación o en las diferentes interpretaciones posibles de la misma. En estos casos, la autoridad únicamente puede tomar medidas administrativas. Por el contrario, en los casos en que el contribuyente incurre en evasión fiscal, podrá ser castigado desde el punto de vista tanto administrativo como penal, mediante la presentación de una denuncia ante la Procuraduría General de la República.

Con información de Ricardo Martín González, integrante de comisión fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.

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