Estos son los pasos que debes seguir.
La pensión por viudez del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una prestación para los/las cónyuges y los que vivan en concubinato con el asegurado o pensionado fallecido. Los seguros del IMSS que también pueden incluir la pensión por viudez son el de Riesgos de Trabajo, Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.
Para poder conseguir la pensión, también es necesario que el fallecido haya cumplido con estos requisitos:
- El asegurado debe tener 150 semanas de cotización al momento de su muerte, excepto si el fallecimiento ocurrió a causa de un riesgo de trabajo.
- El asegurado debe estar vigente en sus derechos.
- La pareja del trabajador debe acreditar el vínculo matrimonial o la relación de concubinato.
- Si el fallecimiento del asegurado es derivado de un riesgo de trabajo, se requiere la dictaminación de los servicios médicos institucionales, a través del formato “Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3”.
- La pareja del trabajador debe acreditar la dependencia económica con la asegurada o pensionada fallecida.
Para que te quede todavía más claro y no digas que no sabías nada cuando llegues a la ventanilla, aquí están los documentos que se necesitan:
Documentos del fallecido | |
Fallecido asegurado | Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, con el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado.
CURP. Estado de cuenta. Copia certificada del acta de nacimiento. Copia certificada del acta de defunción. |
Fallecido pensionado | Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, con el Número de Seguridad Social y el nombre del pensionado.
Copia certificada del acta de defunción. |
Documentos del beneficiario | |
Generales | Identificación oficial con fotografía y firma.
Comprobante de domicilio de tres meses. CURP. Constancia de la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes. Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el instituto en el cual se identifique el número de cuenta y Clabe Bancaria Estandarizada para recibir el pago de la pensión. |
Esposo/a | Copia certificada del acta de matrimonio. |
Concubino/a | Copia certificada del acta de nacimiento.
Copia Certificada de la Resolución que acredite la relación de concubinato. |
Estos trámites se llevan a cabo en la ventanilla de Unidad de Medicina Familiar. Para seguir recibiendo la pensión, debes hacer algo llamado comprobación de supervivencia, lo cual significa que debes demostrar que sigues vivo. Según una nueva jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esto debe hacerse por lo menos cada año para no perder el derecho a la pensión.
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