A un empleado del gobierno le retuvieron ISR de más
La Prodecon se dio cuenta del caso, pero ni con su intervención rectificaron.
Todos hemos escuchado historias acerca de jefes molestos, cuya actitud despótica es como una piedrita en el zapato que va desgastando lentamente la paciencia de sus empleados. Estas historias pueden subir de tono, llegando a lo francamente molesto o hasta criminal. Bajo la ley, tanto los patrones como sus trabajadores tienen derechos y obligaciones.
En esta ocasión, fue la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) quien cachó que se violaron los derechos de un trabajador del ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, municipio del estado de San Luis Potosí. El agravio fue doble, pues resulta que, en primer lugar, el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje consideró que fue injustamente justificado, por lo que determinó que el ayuntamiento debería reinstalar al trabajador en su puesto y pagarle 642,138 pesos por salarios caídos (los que no se le pagaron durante el tiempo que duró el juicio).
El trabajador ganaba 246 pesos diarios, por lo que le correspondería pagar un 8% de impuesto sobre la renta ISR. Para empeorar las cosas, el municipio le retuvo un 30% de ISR sin ninguna exención o deducción, por lo que sólo recibió 453,175 pesos. El trabajador solicitó al municipio la constancia de retención del impuesto pagado para poder solicitar una devolución ante el SAT, pero nunca se la entregaron. Por ello, en junio de 2016 el trabajador interpuso una queja ante la Prodecon.
La Procuraduría emitió una recomendación, pero ni con su intervención fue posible conseguir la constancia de retención de impuesto. No obstante, el ómbudsman fiscal le pidió informes al Servicio de Administración Tributaria (SAT), que respondió que no había ninguna prueba de que el ayuntamiento hubiera hecho ningún pago por el trabajador en cuestión.
La Prodecon hizo público el caso a través de un comunicado, pues es preocupante que a algunos trabajadores despedidos injustificadamente se les aplique una tasa de retención excesiva. Éste no es el primer caso análogo que es del conocimiento de la Procuraduría. Además, dice su comunicado, es especialmente preocupante porque quien incurrió en la violación “es una Entidad de Derecho Público de Gobierno Municipal”.
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