el Contribuyente

El SAT publicó su “lista negra” con los facturadores de operaciones inexistentes

Los comprobantes fiscales expedidos por éstos, dice el Código Fiscal de la Federación, no producen ni produjeron ningún efecto fiscal.

 

Marvercarr SA. de CV era una empresa que se dedicaba a la distribución de equipo médico que recibió un contrato gubernamental por más de 32 mil millones de pesos. Al menos eso se suponía, pues al mirar la dirección en la que la empresa supuestamente estaba domiciliada, uno se encuentra con un barrio más bien pobre, de paredes grafiteadas y con la pintura descarapelada. Una investigación de Animal Político de 2016 reveló que se trataba de una mera fachada, una de las empresas fantasmas usadas por el ahora preso ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte, para desviar fondos. El gobierno de Duarte le dio los recursos que supuestamente se destinarían a obras públicas a empresas que muchas veces únicamente existían en el papel.

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Muchos pequeños y medianos contribuyentes hacen algo análogo, aunque sin llegar a extremos tan disparatados. Algunas empresas se dedican a la venta de facturas por operaciones inexistentes con tal de que sus clientes puedan ahorrarse algo en impuestos. Si una empresa declara haber invertido 100 mil pesos en activos con fundamento en una factura que le costó 5 mil pesos, habrá logrado ahorrarse mucho dinero. Lo anterior por supuesto es ilegal.

Por ello, como hace periódicamente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) acaba de publicar en el Diario Oficial de Federación (DOF) la lista de contribuyentes que cree emiten facturas fraudulentamente. Los contribuyentes en esta lista no sólo son objeto de una simple sospecha, sino que se trata de aquellos que, habiendo recibido la notificación del SAT en la que se les informaba de la sospecha, no se presentaron para desvirtuar la presunción o lo hicieron pero la evidencia que mostraron resultó insatisfactoria. Como consecuencia de aparecer en esta lista, dice el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, “los comprobantes fiscales expedidos por el contribuyente en cuestión no producen ni produjeron efecto fiscal alguno”.

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