el Contribuyente

¿Qué pasa si un inmueble rentado se dañó durante el sismo?

Te decimos qué obligaciones y derechos tienen tanto el dueño como el inquilino.

 

A unas semanas de que fuertes sismos sacudieran al país y cientos de personas perdieran sus casas, departamentos o locales, se han incrementado las dudas sobre los pasos que hay que seguir como propietario o inquilino de un inmueble afectado.

De acuerdo con la Guía jurídica para asesoría a damnificados por los terremotos de 2017, la única autoridad que está capacitada para determinar si el inmueble se encuentra o no en condiciones de seguir albergando personas es Protección Civil: no la dueña, no los demás inquilinos, incluso ningún arquitecto o ingeniero civil puede dictaminarlo.

Para que la autoridad competente vaya a verificar la propiedad se debe hacer una solicitud a través de los siguientes medios:

Los procesos de verificación son totalmente gratuitos. Cualquier intento de cobro debe ser denunciado ante la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.

Ahora bien, si algún inquilino debe rentas, el propietario está en su derecho de exigirle que pagar lo que debe, y si quien renta pagó mensualidades adelantadas, el dueño de la vivienda tiene la obligación de devolver íntegramente lo que se le dio de más.

Éstas son otras obligaciones y derechos de propietarios y arrendatarios:

Cuando los daños son irreparables:

¿Y qué sucede si una propiedad le causa daños a terceros?



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