el Contribuyente

Estas son las deducciones que puedes hacer este regreso a clases

Varios de los gastos del regreso a la escuela son parte de las deducciones personales de impuestos.


El regreso a clases ya está a la vuelta de la esquina, evita hacer filas de último minuto y corajes a la hora de hacer tu declaración anual. Aquí te decimos qué gastos podrás deducir con el regreso de tus pequeños a la escuela.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta, en el artículo 151, menciona algunos de los gastos que indefectiblemente se hacen cada que terminan las vacaciones y los pequeños tienen que regresar a las aulas. Probablemente lo primero que te venga a la mente son los útiles escolares, sin embargo no se contemplan deducciones por este concepto. Pero en lugar de decirte qué no es posible, pasemos a lo que sí se puede deducir.

1. Transporte escolar

El transporte escolar podrá ser deducible siempre que éste sea obligatorio en el área donde se encuentre ubicada la escuela, sin importar que ésta sea pública o privada. Para esto se necesita contar con el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) que incluya el monto por concepto de transportación escolar y el pago se haya realizado mediante cheque, transferencias electrónicas de fondos, cuentas abiertas a nombre del contribuyente o mediante tarjetas de crédito, débito o servicios. Esta deducción tiene un tope del 10%.

El SAT tiene un registro de las escuelas que emiten las facturas tal como se requieren para efectuar la deducción en la siguiente liga, busca si la de tus hijos está.

http://consultaescuelas.sat.gob.mx/ConsultaDeTransporteEscolar/TransporteEscolar.aspx

2. Colegiaturas

Si bien las colegiaturas no están dentro de las deducciones personales, hay un beneficio fiscal que cubre desde el jardín de niños hasta el bachillerato o carrera técnica. Este beneficio sólo es válido si se paga por la educación propia, hijos o terceros sobre los que se tenga tutoría. Es necesario contar con el CFDI y que se trate de una escuela privada cuyos estudios estén validados oficialmente. El padrón de escuelas reconocidas por el SAT está en la siguiente liga.

http://consultaescuelas.sat.gob.mx/Scade.Net.ConsultaEscuelasPrivadas/Default.aspx

3. Honorarios y gastos médicos

Si tu hijo necesita anteojos, puedes deducir éstos hasta por  2,500 pesos por beneficiario. La factura debe describir las características de los lentes. Estos anteojos también podrán deducirse si son para tus padres o pareja, mientras no hayan tenido ingresos mayores a 26,645.04  pesos en el año fiscal.

También son deducibles los seguros de gastos médicos, los servicios de un dentista, un psicólogo y los estudios de laboratorio. Además, los gastos médicos, sea el método de pago que sea, y los aparatos de rehabilitación lo son.

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