Más las que quieras agregar a esta ‘torre de Babel’ que merece un récord Guinness.
Aunque ya te explicamos los cambios de la factura 3.3, el sistema no es el ideal, hay fallas y con éstas surgen nuevas dudas. Por eso el servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición un documento con el título “Preguntas y respuestas sobre el Anexo 20 versión 3.3” en donde incluyó las 26 preguntas más comunes que le hacen los contribuyentes y sus respectivas respuestas aclaratorias. Uy, qué buena onda son.
Aquí te presentamos seis de las más sobresalientes:
1 ¿Cómo se deben reflejar los impuestos retenidos y trasladados en el CFDI versión 3.3?
En la versión 3.3 del CFDI se expresarán los impuestos trasladados y retenidos aplicables por cada concepto registrado en el comprobante, debiéndose detallar lo siguiente:
• Base para el cálculo del impuesto.
• Impuesto (tipo de impuesto ISR, IVA, IEPS).
• Tipo factor (tasa, cuota o exento).
• Tasa o cuota (valor de la tasa o cuota que corresponda al impuesto).
• Importe (monto del impuesto).
Se debe incluir a nivel comprobante el resumen de los impuestos trasladados por Tipo de impuesto, Tipo factor, Tasa o cuota e Importe. Se debe incluir a nivel comprobante el resumen de los impuestos retenidos por Impuesto e Importe. Asimismo, se debe registrar en su caso, el Total de los Impuestos Trasladados y/o Retenidos.
2 Si el cliente se equivocó y pagó de más o indebidamente, ¿se tiene que emitir una factura?
No, y se deberá devolver al cliente el importe pagado de más, a menos no sea considerado como un anticipo, por lo que se deberá emitir el CFDI de conformidad.
3 ¿El contribuyente receptor del CFDI tiene la obligación de validar a detalle las claves de producto/servicio de todas las facturas que reciba?
No existe una obligación de revisarlas a detalle; la recomendación del SAT es que se verifiquen que los datos asentados sean correctos y coincidan al menos en términos generales.
4 ¿Qué sucede si se clasificó de manera errónea en el CFDI la clave de los productos o servicios?
Se debe re-expedir la factura para corregirlo. Lo sentimos.
5 ¿En qué casos se deberá emitir un CFDI por un anticipo?
A) Cuando no se conoce o no se ha determinado el bien o servicio que se va a adquirir o el precio del mismo; y B) Cuando no se conoce o no se han determinado el bien o servicio que se va a adquirir ni el precio del mismo.
6 Si mis clientes no han actualizado su domicilio a Ciudad de México ¿yo debo cambiarlo a efecto de registrar el mismo en el CFDI?
No, para la versión 3.3 del CFDI se eliminan los campos del domicilio del emisor y receptor. Se debe registrar el código postal del lugar de expedición del comprobante (de la matriz o de la sucursal) y debe corresponder con una clave incluida en el catálogo del SAT.
[Artículo original en la página del SAT]
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