Son tantos cambios que resulta difìcil seguirles la pista.
El pasado 1 de julio entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica, aunque el SAT concedió la posibilidad de usar la versión pasada, la 3.2, hasta el 30 de noviembre de 2017, con lo que la 3.3 se vuelve obligatoria a partir del 1 de diciembre.
La nueva versión traerá muchos cambios, entre los que se incluyen los siguientes:
Campo de productos y servicios
El SAT quiere saber con peras y manzanas a qué te dedicas en tu negocio, por lo que al entrar en vigor la nueva versión de la factura electrónica tendrás que encontrar con la mayor precisión posible cuál es el tipo de producto o servicio que ofreces.
Los descuentos en la nueva factura deberán inscribirse por cada concepto comercial. Es decir, si la factura es por cinco productos y algunos de ellos tienen descuentos y otros no, tendrás que especificar cuáles y por qué monto. Además, no podrás inscribir conceptos con valor de cero ni con valores negativos.
Con la nueva versión hay dos nuevos límites para la facturación. Las facturas de más de 100 millones de pesos o que varíen más de entre el 30% o 40% del tipo de cambio FIX, deberán otorgar un código de autorización adicional.
Estos comprobantes no amparan una compra, sólo se usan para comprobar el derecho de propiedad cuando una misma compañía transporta mercancía de un lado a otro. En la versión 3.2 se ponía el RFC de la compañía, tanto como emisor como receptor, en la 3.3 se debe usar el RFC genérico en el campo del receptor.
Esta lista no es exhaustiva, por lo que te recomendamos que consultes a tu especialista fiscal de preferencia.
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