Te damos unas recomendaciones para que elijas bien al contratar a tu proveedor.
Un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) es una empresa que cuenta con la autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para generar y procesar fuera del domicilio fiscal de la misma empresa un folio para incorporarles el sello digital del SAT, sin que por ello se considere que se lleva la contabilidad fuera de su domicilio.
Este proveedor efectúa el proceso de certificación de un Comprobante Fiscal Digital (CFD) a través de internet o Factura Electrónica, mediante la validación, asignación de folio e incorporación del Sello Digital del SAT.
Tienen obligación de realizar el timbrado o certificación de los comprobantes fiscales en un máximo de 72 horas, y están regulados por las autoridades hacendarias para que las facturas que se timbren por medio de ellos sean válidas.
Algunas de las recomendaciones para contratar a un proveedor de certificación de factura electrónica que se publicaron en el sitio de SAT, son las siguientes:
• Lo primero que tienes que hacer es verificar que el proveedor esté autorizado, para esto el SAT pone a tu disposición una lista de proveedores de certificación de factura electrónica autorizados.
• Busca el logotipo oficial y valida que el nombre comercial de la empresa y su razón social correspondan a los publicados.
• Exige niveles de servicio (tiene que ver con la correcta y completa aplicación de los servicios que te brinda tu proveedor) y que éstos queden estipulados en el contrato.
• En caso de incumplimiento presenta tu queja o denuncia en contra del proveedor a través de la opción de Mi portal.
Asimismo, la institución tributaria informa que los servicios complementarios que ofrecen estas empresas, como la generación, almacenamiento o procesamiento de tus comprobantes, no son regulados por el SAT, por lo que se sugiere que dichos servicios se presten al amparo de un contrato que establezca claramente las responsabilidades de los prestadores de servicios, conforme a las disposiciones civiles o mercantiles.
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