El SAT anunció estas disposiciones para hacerle la vida un poco menos difícil a los contribuyentes.
A veces parece que no pueden pasar ni dos semanas sin que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) le haga una nueva modificación a las facturas electrónicas. Esto ha llegado al grado de que la mayoría de las empresas no tiene ni tiempo de ponerse al tanto sobre las nuevas modificaciones a las facturas electrónicas. Siendo congruente con esto, el SAT acaba de comunicar cinco nuevas sobre el tema.
1) El 1 de julio de 2017 entra en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. Por suerte, en su infinita misericordia, el SAT permitirá que los contribuyentes sigan usando la versión anterior hasta noviembre de 2017; esto con la finalidad de que la migración se realice paulatinamente.
2) Una vez cumplido el plazo, es decir, el 1 de diciembre de 2017, la única versión válida para emitir facturas electrónicas será la 3.3.
3) La emisión del complemento de recepción de pagos será opcional a partir del 1 de julio de 2017 (sólo con la versión 3.3 de la facturación electrónica). El complemento será obligatorio a partir del 1 de diciembre de 2017.
4) El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de enero del 2018.
5) Por último, el SAT anunció que en los próximos días publicará los ajustes a las disposiciones fiscales que reflejen las facilidades antes enlistadas.
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