La Prodecon publicó una guía con todo lo que tienes que considerar para presentar tu declaración anual.
La declaración anual de personas físicas 2016 debe presentarse a más tardar el martes 2 de mayo de 2017. Usualmente se da como fecha límite el último día del mes de abril, pero en esta ocasión es el 30 de abril (día inhábil) y el día siguiente, lunes primero de mayo, es feriado.
¿Quiénes debe declarar?
Deben declarar los asalariados en cualquiera de los siguientes casos:
1) Rebasen ingresos de $ 400,000 pesos anuales.
2) Obtengan ingresos acumulables por otras actividades (empresarial, honorarios, arrendamiento).
3) Si dejaste de prestar servicios personales subordinados antes del 31 de diciembre.
4) Trabajaste para dos o más patrones de manera simultánea.
5) Le dijiste a tu patrón que presentarías la declaración por tu cuenta.
Documentos que debes tener a la mano:
1) Constancia de pagos y retenciones de salarios, intereses, servicios profesionales, arrendamiento, venta de bienes y demás ingresos que hayas obtenido durante el ejercicio.
2) Pagos provisionales del ISR y mensuales de IVA que hayas presentado por tu actividad durante el año.
3) Relación de tus deducciones autorizadas; así como de tus deducciones personales.
4) Clave Bancaria Estandarizada vigente (CLABE) de la cuenta en donde deseas que se deposite el saldo a favor que, en su caso, resulte de tu cálculo anual.
Para tus deducciones personales:
1) Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios (si los análisis clínicos incluyen IVA, deberás considerar la totalidad del comprobante). Tratándose de la compra de lentes graduados la deducción será hasta por un monto de $2,500 pesos.
2) Gastos de funerales que no excedan de un SMG elevado al año ($26,659.60).
3) Donativos hasta por la cantidad que no exceda el 7% de tus ingresos acumulables en 2015.
4) Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios.
5) Primas por seguros de gastos médicos.
6) Transportación escolar obligatoria.
Estímulos fiscales:
1) Considera tus pagos de colegiaturas, los de tus hijos, padre o cónyuge, siempre que correspondan a los niveles de preescolar, primaria, secundaria, técnico o bachillerato.
2) Depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, primas de seguros para la jubilación o el retiro, o que adquieran acciones de los fondos de inversión.
Datos que debes incluir:
1) Premios, préstamos y donativos. Cuando se obtengan ingresos únicamente por estos conceptos que en lo individual o en su conjunto excedan de $600,000 pesos.
2) Herencias, legados y enajenación de casa habitación. Siempre que la suma total sea superior a $500,000 pesos.
3) Viáticos. Cuando sean superiores a $500,000 pesos y representen más de 10% del total de los sueldos y salarios percibidos.
Puedes consultar en esta liga la guía completa de la Prodecon. O acudir a sus oficinas para una asesoría los sábados 22 y 29 de abril de 2017, en un horario de 9 a 15 horas.