Estas prácticas elevan precios y disminuyen la cantidad y calidad de bienes y servicios.
De acuerdo a la Comisión Federal de la Competencia Económica (Cofece) –organismo autónomo encargado de vigilar, promover y garantizar la competencia y libre concurrencia en los mercados–, una práctica monopólica absoluta se define, grosso modo, como cualquier acuerdo ilegal entre agentes económicos que dañen la competencia.
Se considera un agente económico a cualquier persona física o moral, dependencia o entidad gubernamental, cámara o asociación que forme parte de una actividad económica. Las actividades que dañan la competencia son aquellas que busquen manipular precios, manipular la oferta y/o la demanda, dividirse el mercado, coludirse en licitaciones públicas o intercambiar información con alguna de las finalidades anteriores.
De acuerdo a la Ley Federal de Competencia Económica, las personas físicas podrán ser sancionadas por estas prácticas con de 5 a 10 años de prisión y multas de hasta 10,000 salarios mínimos.
Otros agentes económicos podrán ser sancionados hasta por 10% de sus ingresos. Quien haya coadyuvado en una práctica monopólica absoluta podrá ser multado con hasta 80,000 salarios mínimos. Los directivos que hayan participado en una actividad de estas, serán inhabilitados hasta por cinco años para ejercer como tales.
Quienes hayan incurrido en alguna de estas prácticas pueden adherirse al programa de inmunidad y reducción de sanciones de la Cofece, que da el beneficio de reducción de sanciones a cambio de proporcionar información y cooperar con la investigación.
Estas prácticas son un grave problema para el funcionamiento eficiente de los mercados y el bienestar del consumidor, pues elevan precios y disminuyen la cantidad y calidad de bienes y servicios. No sobra decir que deben denunciarse.
Los teléfonos de contacto de la Cocefe son (55) 2789 6500 y (01800) 2633 231.