Empezando 2017, en la versión 3.3 del CFDI, se deberá asignar el uso que se dará a la factura.
A partir de 2017 será necesario llenar un nuevo requisito obligatorio en las facturas. Se trata del atributo UsoCFDI del elemento Receptor. Este cambio se implementará en la versión 3.3 de las CFDI, a partir del próximo año.
UsoCFDI es un atributo “requerido para expresar la clave del uso que dará a esta factura el receptor del CFDI”. Para llenarlo, quien solicite la factura deberá referirse al catálogo de usos del CFDI. Pueden consultar la tabla al final de esta nota.
Sin embargo, el SAT dio a conocer que durante el primer semestre de 2017 la presente versión, la 3.2, será vigente de forma simultánea a la 3.3.
G01 |
Adquisición de mercancías |
G02 |
Devoluciones, descuentos o bonificaciones |
G03 |
Gastos en general |
I01 |
Construcciones |
I02 |
Mobiliario y equipo de oficina por inversiones |
I03 |
Equipo de transporte |
I04 |
Equipo de computo y accesorios |
I05 |
Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental |
I06 |
Comunicaciones telefónicas |
I07 |
Comunicaciones satelitales |
I08 |
Otra maquinaria y equipo |
D01 |
Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios. |
D02 |
Gastos médicos por incapacidad o discapacidad |
D03 |
Gastos funerales. |
D04 |
Donativos. |
D05 |
Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación). |
D06 |
Aportaciones voluntarias al SAR. |
D07 |
Primas por seguros de gastos médicos. |
D08 |
Gastos de transportación escolar obligatoria. |
D09 |
Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones. |
D10 |
Pagos por servicios educativos (colegiaturas) |
P01 |
Por definir |