Los contribuyentes tendrán que detallar sus operaciones en el extranjero
Tras la última modificación a la Miscelánea Fiscal, están obligados a entregar al SAT los datos de sus cuentas en países de baja tributación.
En 2017 entrará en vigencia la nueva medida del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que obligará a los contribuyentes a entregar toda la información de sus operaciones en el extranjero, en específico países de baja imposición conocidos como paraísos fiscales, gracias a una modificación en la Miscelánea Fiscal que se publicó el 15 de julio pasado.
La modificación hecha por el SAT derogó el artículo 3.19.9. que permitía presentar de manera anónima la declaración fiscal de cuentas en paraísos fiscales.
Esta medida se suma a los acuerdos internacionales que también entran en operación el próximo año con 96 países, los cuales intercambiarán información fiscal de los mexicanos con cuentas en el extranjero a cambio de que México de los datos de extranjeros con cuentas en el país.
De acuerdo con Carlos Saucedo, socio de HC Abogados, estas medidas buscan replicar con cuentas en el extranjero el nivel de fiscalización que se alcanzó en México con la introducción de las facturas electrónicas.
"Lo que se escapaba del alcance del SAT eran aquellas inversiones de los contribuyentes que tienen operaciones fuera del país", mencionó el fiscalista al periódico Reforma.
"Derivado de planeaciones fiscales y de sacar su dinero e invertirlo en paraísos fiscales donde tenían una tasa o no tenían tasa de retenciones como existe en México, el SAT comienza a celebrar tratados internacionales en materia de intercambio de información", expresó.
Ricardo León Santracruz, socio del despacho Sánchez Devanny, mencionó que hasta antes de la modificación hecha por el SAT, los contribuyentes con dinero en Regímenes Fiscales Preferentes (Refipres) tenían la posibilidad de mantener detalles de sus cuentas en el anonimato.
Hasta ahora los contribuyentes cuentan con la facilidad de presentar una declaración anónima, la cual les permite pagar sus impuestos. Pero con la regla miscelánea publicada el 15 de julio pasado se acaba el anonimato y deberán detallar los rendimientos obtenidos en el extranjero como intereses, ganancias de capital y dividendos, incluyendo los fideicomisos y sus beneficiarios.
Vía Reforma.
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