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El SAT divulgará nombres de quienes recibieron beneficios fiscales

La condonación de adeudos le costó al país 822,500 millones de pesos, aproximadamente el 4.5% del PIB.




15 agosto, 2016

El nombre de las personas que recibieron algún tipo de beneficio fiscal o condonación de adeudos con el fisco son datos que se deben desclasificar, determinó el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI).

El INAI ordenó en una resolución al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que dé a conocer el nombre, razón social y denominación de las personas físicas y morales que se beneficiaron de una condonación o cancelación de créditos fiscales.

También se deberá informar al público el motivo por el que se dio la cancelación de créditos fiscales (adeudos) desde 2007 a la fecha.

En su exposición ante el Pleno, el comisionado ponente Oscar Guerra Ford afirmó que se debe transparentar cómo ejerció el SAT su facultad de condonar y cancelar créditos fiscales, que significaron 822,500 millones de pesos en el periodo de 2007 a 2016, lo que representa el 4.5% del Producto Interno Bruto.

“Se aplicó una prueba de interés público, a través de la cual se determinó que transparentar la manera en que el sujeto obligado ejerce sus atribuciones en relación con la condonación o cancelación de créditos fiscales, reviste un interés mayor de dar a conocer cómo se otorgaron a los beneficiarios de un gasto fiscal que el Estado dejó de percibir y que como tal afecta a la ciudadanía en general, tanto por la merma en los ingresos al presupuesto como a las contribuyentes a quienes no se les otorgó dicho beneficio”, explicó Guerra.

A pesar de la resolución, existe la posibilidad de que esos datos no se den a conocer de inmediato, pues en ocasiones anteriores el INAI había ordenado al SAT en resoluciones similares que divulgara datos de ciertos contribuyentes beneficiados, las cuales el fisco no acató

Por este desacato de 32 resoluciones, el INAI puso denuncias correspondientes ante la Secretaría de la Función Pública (SFP), sin embargo, en 15 de ellas se determinó que no había responsabilidad administrativa de algún funcionario por el desacato y 17 están pendientes de resolverse.

“Hoy al amparo de la nueva Ley Federal de Transparencia, se debe destacar que este Instituto cuenta con nuevas facultades para ahora poder imponer medidas de apremio, consistentes en una amonestación pública o multa”, advirtió el comisionado del INAI ante la posibilidad de que el SAT vuelva a desacatar la resolución.
 




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