El aumento en el monto que puedes deducir, los gastos médicos por incapacidad o un mayor deducible al comprar un auto son algunos de los cambios fiscales a los que debes poner atención.
No todo son malas noticias con el fisco, en este 2016 puedes hacer uso de algunos beneficios y deducciones incluidas en el paquete fiscal de este año.
Algunos de los cambios en materia fiscal con respecto al año pasado son el aumento al límite del monto de las deducciones personales y la posibilidad de deducir gastos en la compra de automóviles e inmuebles.
Las pequeñas empresas podrán beneficiarse de deducir el pago de utilidades a sus empleados, gastos en efectivo y exención de Impuesto Sobre la Renta (ISR) para pymes del sector primario.
Estos son los cambios que podrás aprovechar a la hora de pagar impuestos:
1. Límite de deducciones personales:
Aumentó a 5 salarios mínimos anuales o a 15% del ingreso del contribuyente (lo que resulte menor), comparado con los 4 salarios mínimos o 10% de deducción anterior.
2. Compra de automóviles nuevos:
El monto máximo a deducir en la compra de autos será de 175,000 pesos, aumento sustancial con respecto a los 130 mil del año pasado.
3. Aportaciones voluntarias para el retiro
Las aportaciones voluntarias que se hagan para el retiro en una Afore podrán deducirse hasta en un 15%, comparado con el 10% anterior.
4. Exención por la venta de casa habitación:
Para no pagar impuestos sobre la venta de la casa habitación, antes el plazo era una cada 5 años, ahora se redujo a 3.
5. Gastos médicos por incapacidad:
En caso de contar con un familiar enfermo, incapacitado para trabajar o con alguna discapacidad, todo gasto médico será deducible en su totalidad
6. Participación de los trabajadores en las utilidades:
Este es un beneficio para personas físicas con actividad empresarial. En años anteriores, podían deducir PTU solamente del ejercicio anterior, es decir, de la declaración de 2014 se deducía la participación de 2013. A partir de este año, se podrá deducir el PTU del mismo ejercicio.
7. Exenciones a actividades primarias:
Personas físicas dedicadas a actividades primarias como agricultura y ganadería, están exentos del pago de ISR hasta por un monto equivalente a un salario mínimo anual, siempre y cuando sus ingresos no rebasen 8 salarios mínimos al año.
8. Gastos en efectivo:
Las personas morales tenían un tope para deducir sus gastos en efectivo hasta 2,000 pesos; a partir de 2016, ese monto se incrementa hasta 5,000 pesos.
9. Deducción inmediata de inversiones en bienes de activo fijo:
Aplica para personas físicas con actividad empresarial y personas morales y es para todos los bienes inmuebles en el país (con información de CNN Expansión).