La Canacope elaboró una guía de los cambios que las mipymes deben tomar en cuento a la hora de cumplir con sus tareas tributarias.
En este 2016 el sistema fiscal para las micro, pequeñas y medianas empresas, así como para las personas físicas ha tenido ciertos cambios que demandan atención especial por parte de los pagadores de impuestos.
Para que estas modificaciones no tomen desprevenido al sector de las mipymes, la Cámara de Comercio Servicios y Turismo en Pequeño de la Ciudad de México (Canacope-CDMX) destacó los siete puntos a los que es necesario poner mayor atención a fin de aplicar correctamente las reglas fiscales:
● La modificación del artículo 151, último párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), elevó el tope de deducciones personales del 10 al 15 por ciento del ingreso, o de 4 a 5 salarios mínimos (equivalente a 133,928 pesos), el que resulte menor.
● Quienes cuenten con un certificado de incapacidad permanente mayor al 50 por ciento de su capacidad física normal, podrán deducir el 100 por ciento de sus deducciones personales.
● Quienes tienen ingresos por sueldos y salarios, podrán tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), siempre que sus ingresos anuales sean mayores a 2 millones de pesos, debiendo dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales en cada régimen, lo mismos aplica a la copropiedad.
● Los consumos de gasolina menores a 2 mil pesos y los demás gastos menores a 5 mil pesos se podrán pagar en efectivo si cuentan con el archivo XML.
● Si las operaciones realizadas por el público en general son por un monto menor a 250 pesos no es necesario que se emita factura por cada una, con la condición de que se emita una factura global por dichas operaciones.
● Los contribuyentes que iniciaron en el RIF en 2014, se considerarán como primer año el 2015, a fin de que reciban los beneficios fiscales establecidos para quienes están en este régimen.
● Los contribuyente con ingresos menores a 300 mil pesos anuales, podrán deducir el total del IVA y el IEPS por sus ingresos al público en general. Solo pagarán el 10% del impuesto causado.
La cámara empresarial ofreció asesorías para el público en general y pidió a la Secretaría de Hacienda y al Servicio de Administración Tributaria simplificar el pago de impuestos y adecuarlo a las características y necesidades de los pequeños contribuyentes.
“La homologación de las condiciones y requerimientos para todos los contribuyentes, puede beneficiar al administración tributaria, pero se convierte en un lastre y factor de quiebre para las pequeñas empresas que deben afrontar amplios requerimientos lejanos a su tamaño y estructura administrativa”, añadió el organismo.