Logran mil 119 importadoras exención temporal de pago de IVA y de IEPS
Aún pendientes mil 900 solicitudes de Baja California, Nuevo León, Chihuahua, Tamaulipas y Coahuila
A diez meses de que entrara en vigor la reforma hacendaria, mil 119 empresas han sido certificadas para exentar temporalmente el pago de los impuestos al Valor Agregado (IVA) y Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), lo cual representa un incremento del 43.69% de la cifra reportada por el SAT en agosto pasado.
Las empresas que acceden a este beneficio son aquellas que importan materias primas para elaborar productos destinados a la exportación, es decir aquellas que introducen bienes al país bajo los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; además de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, y de recinto fiscalizado estratégico.
Este esquema de gravamen entra en vigor el 1 de enero de 2015; sin embargo, los requisitos y trámites deben realizarse durante 2014.
El Servicio de Administración Tributaria detalló que las empresas certificadas realizan 47% de las operaciones de comercio exterior y representan 62% del valor de las importaciones temporales de 2013.
Están en proceso mil 900 solicitudes provenientes de Baja California, Nuevo León, Chihuahua, Tamaulipas y Coahuila.
Al eliminarse con la reforma hacendaria la exención a las importaciones temporales de mercancías, las empresas certificadas podrán obtener un crédito fiscal de ciento por ciento del IVA e IEPS por este concepto.
Este esquema de gravamen entra en vigor el 1 de enero de 2015; sin embargo, los requisitos y trámites deben realizarse durante 2014.
La dependencia explicó que la certificación permite depurar a los importadores que abusaban del programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) y que en lugar de utilizar los insumos para exportar, los destinaban al mercado interno en perjuicio de la planta productiva nacional y generando un factor de competencia desleal a la industria nacional, puntualiza.
Quienes decidan no certificarse, podrán no pagar el IVA por la introducción de los bienes a los regímenes aduaneros antes mencionados, siempre que garanticen el interés fiscal mediante una fianza otorgada por alguna institución autorizada
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